sábado, 18 de abril de 2015


2 comentarios:

  1. No son menores las veces en que el odontólogo debe enfrentarse a situaciones de urgencia, donde la acción rápida y efectiva son claves para solucionar el cuadro del paciente.
    Frente a esto, considero que es un marco hostil, pues debe tomar muchas decisiones en poco tiempo, donde incluso la presión del paciente puede hacerse presente. Lo anterior podría conllevar fácilmente a la aparición de prácticas poco éticas y negligencias por parte del profesional. Frente a esto, la utilización de la ficha clínica resulta ser absolutamente imprescindible y debe contener las mismas etapas que siempre (Identificación del paciente, anamnesis, examen físico, hipótesis diagnóstica, plan de tratamiento médico y/o quirúrgico). Varas J. (2011)
    Además, se especifica que siempre debe guardarse una copia.

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  2. No existe una legislación concreta que impida colocar alguna distinción especial en documentos en caso de que la persona sea portadora o este enferma de VIH/SIDA. Si consideramos que el documento en el que se coloque dicha distinción sea confidencial (por ej. Ficha Clínica), y considerando también el deber de confidencialidad y de no discriminación que atañen a los profesionales de la salud, no debiera considerarse ilegal realizar dicha distinción considerando además la utilidad que podría prestar en la seguridad y mejor servicio prestado al paciente.

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